Ciudad de Santa Cruz y El Consejo de Acción Comunitaria del Condado de Santa Cruz – Prevención de Desalojo de Emergencia

 

“Información”

 

El Departamento de Desarrollo Económico de la Ciudad de Santa Cruz se está asociando con el Consejo de Acción Comunitaria del Condado de Santa Cruz, Inc. (CAB) en administrar el Programa de Prevención de Desalojo de Emergencia. El programa está financiado con fondos HOME y CDBG-CV.

Los fondos se pueden usar para ayudar con el pago del alquiler atrasada, incurrida a partir del 1 de abril de 2020. Hay un máximo de asistencia de dos meses disponible para aquellos que la necesiten y que estén elegibles, con un límite mensual que no puede sobrepasar $2500, o un límite total de $5000, por hogar. La asistencia de vivienda de emergencia se pagará directamente al propietario.

 

Elegibilidad

 
  1. Ser residente de la ciudad de Santa Cruz con una unidad de vivienda ubicada en la ciudad de Santa Cruz

  2. Ser de bajos ingresos – (Un mínimo del 90% de los fondos debe ayudar a aquellos con un 60% de Ingreso Medio del Área (AMI) o menos y hasta un 10% puede ayudar a aquellos con un 61% - 80% de AMI)

  3. Experimentó una pérdida o reducción de ingresos debido a COVID-19

  4. Tener alquiler atrasado sin medios alternativos para pagar

 

Solicitud - Lotería de lista de espera

 
  • Para garantizar el acceso justo a todos los aplicantes, los nombres se añadirán en una lista de espera en orden aleatorio después de que se hayan recibido las solicitudes de todas las fuentes (internet o correo). Se eliminarán las entradas duplicadas.

  • Se aceptarán solicitudes del 13 al 24 de julio. La lista de espera puede reabrir si quedan fondos después de que todos los aplicantes elegibles en la lista reciben asistencia.

  • Las solicitudes se procesarán a partir de Agosto del 2020 hasta que se agoten los fondos.

  • Se recopilará documentación adicional para verificar la elegibilidad, como: documentación de

    reducción de ingresos (talones de pago recientes, registros de desempleo, carta del empleador), comprobante de residencia, como facturas de servicios públicos, factura de teléfono, revistas, etc., comprobante de alquiler atrasado, copias del contrato de arrendamiento o alquiler.

 

Si tiene preguntas sobre la solicitud y asistencia, llame a CAB al 831.457.1741